Morales Bello y los jeeps de Lusinchi: El Sierra Nevada (Parte IX)

De todos los argumentos que usó el senador David Morales Bello para echar por tierra el informe de la comisión que presidía Eudoro González, llama la atención uno muy breve pero contundente que mostraremos en esta novena entrega: el caso Sierra Nevada durante el gobierno de Carlos Andrés Pérez. Quizás absolutamente nadie en el Senado se imaginó que Morales Bello sacaría a colación este caso para desmontar el juicio político contra Lusinchi.

Dijo al respecto:

«Por cierto, que con motivo de la declaración de responsabilidades políticas que aplicó el Congreso de la República cuando discutió el caso Sierra Nevada, uno de los interesados ocurrió ante la Corte Suprema de Justicia e interpuso recurso de nulidad señalando que el Congreso había procedo a aplicarle responsabilidades extralimitándose en el uso de sus facultades y atribuciones. Y como eso ocurría durante el gobierno presidido por el ahora senador vitalicio Luis Herrera Campíns, su procurador general, el doctor Carlos Leáñez, fue requerido por la Corte, a fin de que opinara en relación con la demanda de nulidad que allí se había planteado por parte de Luis Cova Arria, y el doctor Carlos Leánez, un jurista reconocido y sumamente respetable, se expresó así ante la Corte: Tal acto no comportó propiamente relevancia jurídica, sino más bien un hecho sin consecuencia en la esfera del Derecho por haber sido realizado fuera del contexto de las atribuciones jurídicas específicas del Poder Legislativo. Valioso solo como existente desde el punto de vista político.«.

Y aquí es cuando Morales Bello hace una pregunta retórica que evidentemente nadie estaba en capacidad de contestar sin terminar por darle la razón:

«Lo que quiere decir que, conforme al criterio jurídico del procurador general de la República (ahora ex), doctor Carlos Leáñez, durante la presidencia del senador vitalicio Luis Herrera Campíns, ese acto emanado del Congreso de la República fue violatorio del ordenamiento jurídico establecido en el país. ¿Hay que imitarlo?«.

Silencio en el hemiciclo del Senado. ¿Quien podría desbaratar las ya acumulados más de seis argumentaciones jurídicas de David Morales Bello para demostrar que a Jaime Lusinchi no se le podía enjuiciar políticamente desde el Congreso por tratarse de una extralimitación constitucional?